El descuento del 50%: cómo funciona
Si pagas la multa dentro de los 20 días naturales desde que recibes la notificación, tienes derecho a un descuento del 50% sobre el importe base. Por ejemplo, una multa de 200 euros queda en 100. Pero hay una trampa: al pagar con descuento renuncias expresamente a tu derecho a recurrir. Si luego te arrepientes, no puedes presentar alegaciones. Además, si la multa implica pérdida de puntos, los puntos se descuentan igualmente aunque hayas pagado con descuento.
Cuándo merece la pena recurrir
Recurrir merece la pena cuando tienes argumentos sólidos. Los más frecuentes que tienen éxito son: el radar no estaba homologado o calibrado correctamente, la señalización de la vía era incorrecta o inexistente, el agente no identificó correctamente el vehículo, la notificación llegó fuera de plazo o no llegó correctamente, o existía una emergencia que justificaba el exceso de velocidad.
- ✓Exige el certificado de calibración del radar si la multa es por velocidad
- ✓Comprueba que la notificación fue correcta (plazo de 3 meses para la denuncia)
- ✓Verifica que la señalización de la vía era visible y correcta
- ✓Fotografías del lugar si la señal estaba tapada, deteriorada o mal colocada
Los plazos para recurrir
Si no pagas con descuento, tienes 20 días hábiles para presentar alegaciones ante el órgano que dictó la sanción (municipio, DGT o comunidad autónoma según el tipo). Si desestiman tus alegaciones, tienes 1 mes para interponer recurso de alzada. Si este también se desestima, queda la vía contencioso-administrativa (juzgado). El proceso puede durar entre 6 meses y 2 años.
| Fase | Plazo | Coste |
|---|---|---|
| Pagar con descuento | 20 días naturales desde notificación | 50% de la multa |
| Presentar alegaciones | 20 días hábiles desde notificación | Gratis (puedes hacerlo tú mismo) |
| Recurso de alzada | 1 mes desde resolución | Gratis o con abogado |
| Recurso contencioso-administrativo | 2 meses desde resolución alzada | Con abogado y procurador |