Normativa

Multa de tráfico: cuándo pagar con descuento y cuándo recurrir

6 min de lectura·

Recibes una multa de tráfico y tienes dos opciones: pagar con el 50% de descuento o recurrir. Elegir mal puede costarte el doble. La decisión depende de si tienes argumentos reales para ganar el recurso, porque si pagas con descuento pierdes el derecho a impugnar.

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El descuento del 50%: cómo funciona

Si pagas la multa dentro de los 20 días naturales desde que recibes la notificación, tienes derecho a un descuento del 50% sobre el importe base. Por ejemplo, una multa de 200 euros queda en 100. Pero hay una trampa: al pagar con descuento renuncias expresamente a tu derecho a recurrir. Si luego te arrepientes, no puedes presentar alegaciones. Además, si la multa implica pérdida de puntos, los puntos se descuentan igualmente aunque hayas pagado con descuento.

Cuándo merece la pena recurrir

Recurrir merece la pena cuando tienes argumentos sólidos. Los más frecuentes que tienen éxito son: el radar no estaba homologado o calibrado correctamente, la señalización de la vía era incorrecta o inexistente, el agente no identificó correctamente el vehículo, la notificación llegó fuera de plazo o no llegó correctamente, o existía una emergencia que justificaba el exceso de velocidad.

  • Exige el certificado de calibración del radar si la multa es por velocidad
  • Comprueba que la notificación fue correcta (plazo de 3 meses para la denuncia)
  • Verifica que la señalización de la vía era visible y correcta
  • Fotografías del lugar si la señal estaba tapada, deteriorada o mal colocada

Los plazos para recurrir

Si no pagas con descuento, tienes 20 días hábiles para presentar alegaciones ante el órgano que dictó la sanción (municipio, DGT o comunidad autónoma según el tipo). Si desestiman tus alegaciones, tienes 1 mes para interponer recurso de alzada. Si este también se desestima, queda la vía contencioso-administrativa (juzgado). El proceso puede durar entre 6 meses y 2 años.

FasePlazoCoste
Pagar con descuento20 días naturales desde notificación50% de la multa
Presentar alegaciones20 días hábiles desde notificaciónGratis (puedes hacerlo tú mismo)
Recurso de alzada1 mes desde resoluciónGratis o con abogado
Recurso contencioso-administrativo2 meses desde resolución alzadaCon abogado y procurador

Preguntas frecuentes

¿Si recurro y pierdo, pago la multa entera sin descuento?
Sí. Si recurres y el recurso es desestimado, debes pagar el importe íntegro sin el descuento del 50%. Por eso hay que recurrir solo cuando hay argumentos sólidos.
¿Puedo pagar con descuento y aun así recurrir los puntos?
No. Al pagar con descuento aceptas la sanción en todos sus términos, incluida la pérdida de puntos. No puedes después recurrir solo la deducción de puntos.
¿La DGT me avisa antes de que caduque el plazo de descuento?
No. La responsabilidad de conocer el plazo es tuya. La fecha límite viene indicada en la notificación de la sanción.
¿Puedo recurrir una multa antigua que no recibí?
Si no recibiste la notificación correctamente (por ejemplo, cambio de domicilio no actualizado), puedes alegarlo. Pero si la notificación se hizo por edictos y han pasado los plazos, puede ser complicado.
¿Merece la pena contratar un abogado para recurrir una multa?
Para multas pequeñas (hasta 200 euros) raramente compensa el coste del abogado. Para multas graves con pérdida de puntos significativa (6 puntos, suspensión), puede valer la pena.

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